AUDIOTECA EN LÍNEA

domingo, 22 de abril de 2018

PROYECTO DE LEY DE BANCO NACIONAL DE DATOS GENÉTICOS | Martes, 22 de abril de 1986 - Buenos Aires, Argentina.

Raúl Alfonsín saludando a una integrante de Abuelas de Plaza de Mayo.
El Presidente Dr. Raúl Alfonsin envía para su tratamiento al Congreso de la Nación un proyecto de ley para la creación del Banco Nacional de Datos Genéticos, un organismo autónomo y autárquico que funcionará como un archivo sistemático de material genético y muestras biológicas de familiares de personas que han sido secuestradas y desaparecidas entre 1976 y 1983.
El 13 de mayo de 1987 la norma es sancionada bajo el número de Ley 23.511, siendo promulgada el 1 de Junio ese mismo año.

La información genética obtenida, almacenada y analizada por el BNDG ha servido como prueba vital para el esclarecimiento de delitos de lesa humanidad cometidos por la última dictadura militar y la recuperación de los 121 nietos desaparecidos.

“Tengo el agrado de dirigirme a vuestra honorabilidad con el objeto de someter a su consideración un proyecto de ley tendiente a crear el Banco Nacional de Datos Genéticas (BNDG), cuya finalidad consistirá en obtener y almacenar la información genética de familiares de niños desaparecidos o presuntamente nacidos en cautiverio, para facilitar la identificación de éstos en el momento en que fueron hallados.
La localización e identificación de niños en tales condiciones ha sido y continúa siendo preocupación del gobierno nacional y de la sociedad argentina en general.
Prueba de ello es que al crearse en jurisdicción del Ministerio del Interior la Subsecretaria de Derechos Humanos (decreto 3090/84), se incluyó entre sus funciones “la búsqueda de niños desaparecidos”.
Los avances de la ciencia permiten contar con análisis hemogeneticos y de histocompatibilidad capaces de producir pruebas del nexo biológico de asombros precisión, así como de descartar, sin margen de error, una paternidad falsamente atribuida.
Los familiares de niños desaparecidos o presuntamente nacidos en cautiverio, fundamentalmente abuelos en muchos casos de edad avanzada, tienen un lógico y respetable interés en constituir las pruebas que permitan llegado el caso, aun después de su muerte, la identificación y filiación de sus nietos en tales condiciones...”
Fragmento del mensaje de Raúl Alfonsín enviado al Congreso de la Nación el 22 de abril de 1986.

No hay comentarios: